jueves, septiembre 11, 2008

Histórica decisión de la Corte a favor del voto secreto en los recuentos de la titularidad de los contratos colectivos de trabajo: Luján

México, Distrito Federal
Jueves 11 de septiembre de 2008



* La medida representa un paso adelante en contra del sindicalismo gansteril, puntualiza

* También implica un avance hacia la libertad y la democracia sindical en México, expresa

* De esta forma la Corte resuelve la contradicción de tesis existente en el tema, entre cincos tribunales colegiados en materia de trabajo, informa

Como un fallo histórico calificó la secretaria del Trabajo, Bertha Elena Luján Uranga, la aprobación de una tesis de jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor del voto secreto en los recuentos de la titularidad de los contratos colectivos de trabajo.

Efectivamente, con este laudo que se aprobó ayer por unanimidad, la Corte atendió el reclamo histórico del sindicalismo democrático en el país, que venía pugnando por esta medida, toda vez que el voto abierto en los recuentos sindicales favoreció siempre al sindicalismo gangsteril, en la medida que permitía el “fichaje”, el despido y la represión contra los trabajadores que votaban en contra de los sindicatos impuestos, elegidos por la parte patronal, que son el pan de todos los días en empresas de distintas ramas de la economía, en la pequeña y mediana industria, en el sector de los servicios y la construcción, explicó.

Hizo énfasis en que con dicha decisión se da un paso adelante en el largo camino hacia la libertad y la democracia sindical, pues se dan mayores garantías a los trabajadores de que ya no serán víctimas de represalias cuando voten por cambiar de sindicato.

“A la vez, se atiende la disposición constitucional que establece la libertad de los trabajadores para decidir sobre la organización gremial que los debe representar, así como los criterios de la Organización Internacional del Trabajo en esta materia”, puntualizó.

Manifestó que los ministros de la Corte resolvieron de esta forma sobre la contradicción de tesis existente en el tema, entre cincos tribunales colegiados en materia de trabajo.

Recordó que en meses pasados, la mencionada situación de contradicción fue planteada por el Tercer Tribunal Colegiado en materia de trabajo a cargo de Héctor Mercado, quien otorgó el amparo planteado por los trabajadores de Mexicana de Cobre, ordenando el voto secreto en un recuento, estableciendo además algunas medidas para su realización, como fueron:

. Existencia de un padrón universal de los trabajadores de la empresa,
. emisión de boletas foliadas para votar,
. mamparas y urnas adecuadas para asegurar la transparencia y el respeto al voto,
. presentación de una identificación oficial con fotografía por parte de cada uno de los trabajadores que participan en el recuento,
. determinación previa de fecha y hora del recuento,
. lugar neutral para la realización del mismo, y
. participación de los representantes de cada uno de los sindicatos que contienden en el recuento.

La Secretaría del Trabajo del Gobierno Legítimo se congratula por esta decisión, pues da respuesta a una de las demandas centrales planteadas en su Programa de Lucha y sus Ejes de Acción, informó.

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