jueves, mayo 08, 2008

FRENTE AUTÉNTICO DEL TRABAJO

Boletín: Central de Abasto 2

Ciudad de México a 07 de mayo del 2008

Fueron liberad@s los trabajadores pres@s en la Central de Abasto, pero despojad@s de su fuente de trabajo.

Los juicios penales en su contra se mantienen a menos de que firmen su renuncia.

Los 13 trabadores y trabajadoras sindicalizados de baños de la Central de Abasto, detenidos violentamente por la policía capitalina, fueron puestos en libertad, pero sin que ello signifique que han sido absueltos, ya que el ministerio público determinó que el delito en que incurrieron al defender su trabajo es el de “uso indebido de un derecho”, por lo que el proceso penal en su contra continua.

De prosperar la denuncia patronal se sentaría un grave precedente y así, prácticamente, cualquier patrón podrá eliminar y desconocer el Contrato Colectivo argumentando cualquier delito, cuando los trabajadores ejerzan sus derechos de libre sindicalización y auténtica contratación colectiva.

La detención, que duró unas doce horas aproximadamente, tiene el propósito de despojar a los trabajadores de su fuente de trabajo, desconocer a su sindicato y el contrato colectivo de trabajo vigente dentro de la empresa concesionaria Operadora Empresarial SAFE, S. A. de C. V.(OESSA), toda vez que su representante patronal estableció como condición para retirar los cargos, que los trabajadores firmen su renuncia inmediatamente.

Por su parte la Central de Abasto a través de su director general Raymundo Collins, y el abogado patronal José María Galindo Medina, han mantenido un asedio constante hacía los trabajadores y trabajadoras para que renuncien y de esta forma desaparecer, sin más y de un plumazo, todo rastro de sindicalismo auténtico y democrático.

El día de hoy, 7 de mayo, los y las trabajadores se presentaron nuevamente a laborar, pero un representante patronal les manifestó que ya no son trabajadores de OESSA, que ya no tienen su empleo y que en esa empresa no hay trabajadores sindicalizados, ni sindicato y mucho menos un contrato colectivo de trabajo.

“Por la Autogestión de la Clase Trabajadora”

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