La Isla Bermeja borrada del mapa
Autor: Nydia Egremy
La Isla Bermeja existió. No es un mito. Nadie protestó por su desaparición en mapas y atlas en el siglo XX, por lo que se presume que nunca estuvo poblada. Su última aparición en la cartografía nacional se dio en el Atlas Geográfico de la República Mexicana, de la Dirección de Estudios Geográficos y Climatológicos de la Secretaría de Agricultura y Fomento. Éste se elaboró en cooperación con el Instituto Geológico de México y data de 1919-1921.
Pese a su desvanecimiento documental, permanece su significado: era un referente geográfico que daba a México la posesión de más de la mitad del Polígono Occidental (u Hoyo de Dona) que comparte con Estados Unidos en el Golfo de México. Al borrarla del mapa, durante la delimitación de las donas, se permitió que Estados Unidos duplicara su extensión en esa zona marítima, cuyo potencial petrolero aún es inexplorado.
La polémica sobre su existencia, desaparición o hundimiento oscila entre las referencias históricas y la desinformación. Al salir a la luz su importancia estratégica –que Contralínea señaló en julio de 2005–, los mexicanos tuvieron información que puso en relieve la escasa transparencia sobre la forma en que negociaron los senadores de la República el Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México más allá de las 200 Millas Náuticas con el gobierno de Estados Unidos.
El antecedente inmediato de ese documento internacional data del 4 de mayo de 1978, cuando Estados Unidos y México firmaron el Tratado sobre Límites Marítimos, que quedó sujeto a ratificación del Senado y cuyo canje de instrumentos de ratificación “se efectuará en Washington tan pronto como sea posible”. Para la elaboración de ese instrumento ya no se consideró la ubicación.
Fue hasta el 9 de julio de 2000 cuando en Washington, DC, se firmó, ad referéndum, el Tratado sobre la Delimitación de la Plataforma Continental en la Región Occidental del Golfo de México más allá de las 200 Millas Náuticas con el gobierno de Estados Unidos. Ese Tratado fue ratificado por el Senado el 28 de noviembre de 2000, apenas dos días antes de que Vicente Fox Quesada asumiera la Presidencia de México. El decreto promulgatorio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2001. El 13 de febrero de ese año se publicó, en la ciudad de México, el decreto de ese Tratado; lo firmaron Fox Quesada y Jorge Castañeda Gutman.
El artículo IV del Tratado apunta que, ante la posible existencia de yacimientos de petróleo o gas natural en esa zona no se autoriza ni permite “la perforación o la explotación petrolera o de gas natural en la plataforma continental dentro de una milla náutica, cuatro décimas del límite establecido en el artículo I”.
Derechos históricos
Ante versiones de que la Isla Bermeja no es una isla, sino un islote o peñasco, Manuel Becerra Ramírez, especialista en derecho internacional de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), refiere que, de acuerdo con la Tercera Conferencia sobre Derechos del Mar de Naciones Unidas, una isla es “todo aquel espacio terrestre sobre el agua, o en el agua, susceptible de ser habitado por el ser humano”.
El académico agrega que una isla también tiene litorales y zona económica exclusiva, por lo que su territorio se agranda: ésa es otra diferencia con los peñascos e islotes. Indica que, en caso de que la Isla Bermeja hubiese desaparecido por causas naturales, –hundimiento o crecida de las aguas marinas–, se debe recurrir al derecho internacional, sus antecedentes en torno a casos semejantes, para resolver esta cuestión de límites.
Cabe citar que los preceptos de la Tercera Conferencia sobre Derechos del Mar, llamada la Constitución del Mar y que firmaron por México José López Portillo y Jorge Castañeda padre, no se consideran obligatorios por parte del gobierno estadunidense. No obstante que representantes de Estados Unidos asistieron a esas negociaciones, no son parte de ese instrumento. Este hecho es parte de la política estadunidense de no reconocer el arbitraje internacional, en este caso, la jurisdicción del Tribunal Internacional de Derecho del Mar.
Con esos antecedentes, sólo le queda a México el camino de la negociación en materia de yacimientos fronterizos, señala Becerra, que estima viable recurrir a una norma del derecho internacional que establece la obligación para los Estados de no afectar los recursos que comparten con otros. “Eso ya ocurre en materia de petróleo”, y sería factible que México apelara a esa disciplina durante la próxima negociación de la Dona Oriental.
Con relación al escenario que habrá en México al fin de la moratoria en 2011, Fabio Barbosa, historiador y experto en reservas petroleras del Instituto de Investigaciones Económicas, dice: “Ya lo dije desde el 5 de julio: no va a pasar nada, porque la señora (Rosario) Green aceptó, siendo canciller de Ernesto Zedillo, que a México le tocara ese territorio en la zona occidental que fisiográficamente se divide en dos zonas: la primera, con profundidades de 1 mil 200 metros y hasta 1 mil 400 metros, y la segunda, que es la que le tocó a México, ubicada a profundidades desde 3 mil metros. Lo que ahí va a ocurrir es que permanecerá intacta hasta que exista la tecnología para explorarla”.
El especialista subraya que el problema existe en la zona que está entre los 122 y 200 kilómetros de la costa. ¿Por qué pasó eso? Pregunta Barbosa y responde enseguida: “porque Green aceptó el método de delimitación propuesto por Estados Unidos, el de la línea equidistante. La equidistancia puede no ser un método equitativo de distribución territorial, de manera que si se hubiera seguido otro método, como el estudio de los sedimentos y del talud, se hubiera hecho una distribución de los recursos, no del espacio geográfico”.
El 26 de mayo de 2003, durante la moratoria que establece el tratado bilateral con Estados Unidos, el gobierno mexicano instaló el Comité de Delimitación de Zonas Marítimas Mexicanas. Esta instancia tiene la responsabilidad de realizar estudios técnicos que el país presentaría ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la Organización de Naciones Unidas (ONU), para delimitar el Polígono Oriental. El Comité es coordinado por la Secretaría de Marina y participan el Inegi y las secretarías de Gobernación; Relaciones Exteriores; Energía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Medio Ambiente y Recursos Naturales. La comisión debía, entre otros temas, “verificar la cartografía en la cual serán presentadas las áreas correspondientes a cada país ante la ONU, y presentar un catálogo definitivo de las islas mexicanas, así como conducir las negociaciones internacionales con Cuba y Estados Unidos para delimitar el control de cada país en el Polígono.
Sin embargo, el 28 de abril de 2004, el Senado mexicano apoyó un punto de acuerdo considerando que “la posesión del petróleo del Golfo de México es del mayor interés estratégico para los Estados Unidos de América”, y que el petróleo mexicano que existe en el subsuelo marítimo del país “corre el riesgo de ser explotado por compañías norteamericanas si no se toman medidas oportunas y adecuadas para la protección de los yacimientos” en el Polígono Occidental.
La Secretaría de Energía –bajo la responsabilidad de Felipe Calderón Hinojosa– “proporcionaría información detallada sobre el proceso de negociación entre México y Estados Unidos para la explotación de los yacimientos petrolíferos transfronterizos ubicados en el polígono occidental, conforme al tratado bilateral”, asimismo, pidió “información detallada” sobre el proceso de negociación entre México, Estados Unidos y Cuba para la delimitación y explotación de esos yacimientos ubicados en el polígono oriental.
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http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2008/12/01/la-isla-
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