Precisiones sobre la reforma petrolera
En El Correo Ilustrado del 13 de noviembre aparece una carta de Ángel Clemente Ávila, de la Secretaría de Jóvenes del PRD, en la que enumera una serie de atributos de la reforma petrolera recientemente aprobada, los cuales no corresponden al contenido de la misma, lo cual me permito precisar:
Transcribimos lo que se afirma en la nota referida y nuestras observaciones:
1. La intención de crear empresas filiales de Pemex desapareció por completo. En la fracción XI del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos encontrará que dicha afirmación no es exacta.
2. Los contratos de riesgo o incentivados… no tienen cabida. De acuerdo con la fracción III del artículo 61 de la ley citada, los contratos incentivados están permitidos (lo leyó bien la doctora Kessel, según su alocución del 10 de noviembre).
3. De ninguna manera Pemex se sujetará a tribunales internacionales. Esto lo desmiente el artículo 72 de la Ley de Petróleos Mexicanos.
4. La Auditoría Superior de la Federación participa en cualquier etapa de contratos. El artículo 34 de la ley citada no da más atribuciones a la ASF que las que ahora tiene (restringidas, por cierto).
5. La Secretaría de Hacienda pierde la facultad de aprobar las inversiones y modificaciones al presupuesto. Cierto, pero en lo referente a inversiones tal disposición no forma parte del dictamen del paquete de la reforma petrolera; fue una iniciativa presentada el 8 de octubre por el licenciado Calderón para modificar la Ley de Presupuesto, como medida para enfrentar la crisis financiera.
6. … se elimina el oneroso esquema de los Pidiregas para financiar proyectos de infraestructura. Los proyectos Pidiregas sólo cambian de nombre, porque de acuerdo con el artículo cuarto transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, “a más tardar el 31 de enero de 2009, Petróleos Mexicanos reconocerá, para efectos contables y presupuestarios, como deuda pública directa los proyectos Pidiregas”, o sea: éstos continuarán siendo deuda de Pemex, como siempre han sido; por otra parte, las mismas instancias que por parte de la administración pública celebraban los contratos Pidiregas son la que realizarán los de obras públicas, ¿Qué le hace pensar que ahora serán menos onerosos?
Por lo expuesto, encontramos infundados, esos motivos de “orgullo” de quienes aprobaron la reforma petrolera, si de evitar una escalada en la privatización de Pemex se trataba.
Angelberto Martínez, asesor de la Cámara de Diputados
Aclara señalamientos de ingenieros petroleros
En la edición del 18 de noviembre, en la sección Política, apareció un reportaje de Israel Rodríguez encabezado Con los cambios a la legislación en materia energética “se acentúa el contratismo”, señalamiento que atribuye a los integrantes del Comité Nacional de Estudios de Energía y del Grupo Ingenieros Petroleros Constitución de 1917, Francisco Carrillo, Mario Galicia Yépez y Rodrigo Olvera. Al respecto, es oportuno recordar algunas disposiciones incluidas por la reforma energética a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo:
“Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en los párrafos cuarto del artículo 25 y sexto del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria petrolera en los términos del artículo siguiente.
Artículo 5º.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Energía, otorgará exclusivamente a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios las asignaciones de áreas para exploración y explotación petroleras.”
Y en el párrafo segundo del artículo 7º de la nueva Ley de Petróleos Mexicanos:
“En el desempeño de sus funciones, el Consejo de Administración y el Director General buscarán en todo momento la creación de valor económico, en beneficio de la sociedad mexicana, con responsabilidad ambiental, manteniendo el control y la conducción de la industria y procurando fortalecer la soberanía y la seguridad energética, el mejoramiento de la productividad, la adecuada restitución de reservas de hidrocarburos, la reducción progresiva de impactos ambientales de la producción y consumo de hidrocarburos, la satisfacción de las necesidades energéticas, el ahorro y uso eficiente de la energía, la mayor ejecución directa de las actividades estratégicas a su cargo cuando así convenga al país, el impulso de la ingeniería mexicana y el apoyo a la investigación y al desarrollo tecnológico.”
Sandino Luna, secretario técnico de Proceso Legislativo del GP-PRD en el Senado de la República
Nota: Además de que se necesita saber de quienes vienen tales o cuales aseveraciones, porque si ud. va a creerle a un chucho, pues a su cuenta y riesgo, es importante la lectura y análisis de la reforma tal cual quedó, porque cualquiera de buena o mala voluntad viene y nos da su interpretación. Afortunadamente, hay muchos ciudadanos dispuestos a entrarle al estudio y no aceptar ciegamente lo que expertos o no quieran decirnos. Así que a leer en los círculos de estudio!
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