domingo, junio 21, 2009

De Cencos


Denuncian por difamación y calumnia a Reporte Índigo y su director Ramón Alberto Garza


México, D.F., 19 de junio de 2009 (Cencos).- Ramón Alberto Garza, director general de la revista electrónica Reporte Índigo cuya sede está en Monterrey, Nuevo León (norte) fue demandado ante el Ministerio Público por supuesta difamación y calumnia por el candidato del Partido Acción Nacional a la alcaldía de San Pedro Garza García, Nuevo León, Mauricio Fernández Garza.

El pasado 15 de junio tanto el director general de la revista Reporte Índigo como el propio medio fueron demandados por difamación y calumnia derivado de una investigación que publicó dicha revista el 12 de junio sobre el candidato y sus presuntos nexos con grupos del crimen organizado.

En entrevista para Cencos, Ramón Alberto Garza dijo: “es claro que esta agresión es un intento por censurar a los periodistas y sobre todo a quienes estamos documentando nexos de funcionarios públicos y candidatos a puestos de elección popular con grupos del crimen organizado. Pero es muy importante mencionar que Reporte Índigo no fue el primer medio en difundir la información, aunque sí es el único que está siendo demandado por difamación y calumnia. El 19 de septiembre de 2002 en el periódico El Norte se publicó una nota sobre el tema, el 8 de abril de 2003 en el periódico La Jornada también y antes de que Índigo publicara información el 14 de abril de este año 2009, el periódico La Crónica también abordó el tema. Así que es clara la intención de usarnos como ejemplo para que después de esto nadie pueda escrutar y fiscalizar sus actividades. Son figuras públicas y como tales deben brindarle a la ciudadanía transparencia en su quehacer. Yo he solicitado que se haga el peritaje de la información que publicó Reporte Índigo para que se muestre que no mentimos pero Mauricio Fernández Garza no quiere.”

En este contexto es importante recordar que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó criterios sobre la libertad de prensa y el derecho a la intimidad que tienen los funcionarios públicos quienes, por su actividad, deben estar sujetos al escrutinio público exhaustivo. En ellos subrayó "el vasto efecto silenciador de la crítica que tiene la proyección del derecho penal sobre las actividades expresivas, en particular la referida a funcionarios y personas públicas".

Finalmente, la SCJN puso especial énfasis en que tanto la Comisión Interamericana como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han considerado, en todos los casos concretos que han sido objeto de su estudio y decisión, que la protección de la honra o reputación de funcionarios públicos, políticos o personas vinculadas a la formación de las políticas públicas mediante el mecanismo penal –a través del procesamiento o condena penales de quienes se expresan bajo los tipos penales de calumnia, injuria, difamación o desacato- resulta desproporcionada e innecesaria en una sociedad democrática.

Es por esto que Cencos pide a las autoridades involucradas que se garantice la libertad de expresión y el debido proceso en el caso de la demanda que interpuso el candidato, Mauricio Fernández Garza en el proceso que se le sigue al periodista, Ramón Alberto Garza ya que este caso puede sentar un precedente contrario al derecho internacional de los derechos humanos y a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

Cencos recuerda al Estado mexicano su obligación de garantizar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, aún cuando esto signifique hacer críticas a funcionarios públicos o políticos ya que de ello depende la posibilidad de que la sociedad cuente con información veraz y oportuna sobre asuntos de interés público.

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